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AGOSTO 2021

Beneficios fiscales para concesionarios de aeropuertos nacionales e internacionales

Se declara promovida la actividad realizada por las empresas titulares de concesiones públicas destinadas a la construcción, remodelación, ampliación, mantenimiento y explotación de aeropuertos nacionales e internacionales.

¿Qué cambio se introduce exclusivamente a las concesiones públicas destinadas a la construcción, remodelación, ampliación, mantenimiento y explotación de aeropuertos nacionales e internacionales?

A partir de la emisión del Decreto 248/021 el 30 de julio 2021, las empresas que tengan como actividad la explotación de una concesión pública destinada a la construcción, remodelación, ampliación, mantenimiento y explotación de aeropuertos nacionales e internacionales, deberán aplicar a los beneficios fiscales previstos en la Ley N° 16.906 siguiendo los criterios establecidos en el régimen general de promoción de inversiones regulados por el Decreto 268/020.

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